martes, 4 de octubre de 2016

NUEVO FORMATO PARA DECLARAR EL ITF

NUEVO FORMATO PARA DECLARAR EL ITF

CONTRIBUYENTES BRINDARÁN MÁS INFORMACIÓN

En el marco de la lucha contra la evasión tributaria, la SUNAT, aprobó una Nueva Versión del Formulario Virtual para la declaración del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF), con la cual los declarantes deberán brindar más información de los contribuyentes extranjeros. Se trata de la versión 1.8 del PDT ITF-Formulario Virtual N° 0695, que estará a disposición de los interesados a partir del 1 de noviembre en SUNAT Virtual.

Con este nuevo formato, el declarante que haya realizado actividades con contribuyentes extranjeros tendrá que brindar información relativa al tipo de operación y documentos de aquellos, y proporcionar la fecha de nacimiento y tipo de dirección del contribuyente extranjero con el cual se haya vinculado. Esta nueva versión deberá usarse desde noviembre, independientemente del período al que corresponda la declaración; incluso si se trata de declaraciones rectificatorias.

Aprueban nueva versión del PDT ITF - Formulario Virtual Nº 0695

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 247-2016/SUNAT

Lima, 29 de setiembre de 2016
 
CONSIDERANDO:
 
Que mediante la Resolución de Superintendencia Nº 113-2011/SUNAT se aprueba la versión 1.7 del PDT ITF – Formulario Virtual Nº 0695;
 
Que conforme al segundo párrafo del artículo 17 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 28194, Ley para la lucha contra la evasión y para la formalización de la economía, aprobado por el Decreto Supremo Nº 150-2007-EF y normas modificatorias, la SUNAT debe establecer la forma, plazo y condiciones para la declaración y pago del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF), así como señala la información que debe contener la referida declaración;
 
Que, por su parte, el numeral 6 del artículo 87 del Código Tributario, aprobado por Decreto Legislativo Nº 816, cuyo último TUO ha sido aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, prevé que los administrados deben proporcionar a la administración tributaria la información que esta requiera sobre las actividades del deudor tributario o de terceros con los que guarden relación, de acuerdo a la forma, plazos y condiciones establecidas;
 
Que resulta necesario para el cumplimiento de las funciones propias de la administración tributaria, aprobar una nueva versión del PDT ITF – Formulario Virtual Nº 0695 en la que se proporcione información adicional de los contribuyentes extranjeros;
 
En uso de las facultades conferidas por el artículo 17 del TUO de la Ley Nº 28194, Ley para la lucha contra la evasión y para la formalización de la economía; el numeral 6 del artículo 87 del Código Tributario; el artículo 11 del Decreto Legislativo Nº 501, Ley General de la SUNAT y normas modificatorias; el artículo 5 de la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y norma modificatoria; y, el inciso o) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y normas modificatorias;
 
SE RESUELVE:
Artículo 1. APROBACIÓN DE LA NUEVA VERSIÓN DEL PDT ITF – FORMULARIO VIRTUAL Nº 0695
Apruébase la versión 1.8 del PDT ITF – Formulario Virtual Nº 0695.
 
Artículo 2. OBTENCIÓN DE LA NUEVA VERSIÓN DEL PDT ITF – FORMULARIO VIRTUAL Nº 0695
La nueva versión del PDT ITF – Formulario Virtual Nº 0695 aprobada mediante la presente resolución, estará a disposición de los interesados a partir del 1 de noviembre de 2016, en SUNAT Virtual.
 
La SUNAT, a través de sus dependencias, facilita la obtención del citado PDT.
Artículo 3. USO DE LA NUEVA VERSIÓN DEL PDT ITF – FORMULARIO VIRTUAL Nº 0695
 
El PDT ITF – Formulario Virtual Nº 0695, versión 1.8 debe ser utilizado a partir del 1 de noviembre de 2016, independientemente del periodo al que corresponda la declaración, incluso si se trata de declaraciones rectificatorias.
 
Artículo 4. USO DEL PDT ITF – FORMULARIO VIRTUAL Nº 0695, VERSIÓN 1.7
El PDT ITF – Formulario Virtual Nº 0695, versión 1.7 solo puede ser utilizado hasta el 31 de octubre de 2016.
 
Artículo 5. INFORMACIÓN ADICIONAL A DECLARAR MEDIANTE LA NUEVA VERSIÓN DEL PDT ITF – FORMULARIO VIRTUAL Nº 0695
La información adicional que debe declararse mediante el PDT ITF – Formulario Virtual Nº 0695, versión 1.8 es la relativa al:
a) Tipo de operación (activa, neutra o pasiva)
b) Tipo de documento del contribuyente extranjero.
c) Número de documento del contribuyente extranjero.
d) Fecha de nacimiento del contribuyente extranjero.
e) Tipo de dirección del contribuyente extranjero según corresponda al:
e.1) Domicilio del sujeto y/o lugar donde este realiza su actividad; o,
e.2) Lugar de constitución de la sociedad, asociación u otra entidad legal.
f) Dirección del contribuyente extranjero.
La información adicional antes referida debe proporcionarse respecto de las operaciones realizadas a partir del 1 de octubre de 2016.
Sin perjuicio de lo señalado, la información adicional a que se refieren los incisos b) al f) de este artículo debe proporcionarse únicamente tratándose de operaciones activas o neutras.
 
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VICTOR PAUL SHIGUIYAMA KOBASHIGAWA
Superintendente Nacional
1435441-1
 
 
Fuente: Diario El Peruano
 
 
  Blog de CPCC Pamela Cárdenas Torres - Perito Contable de la Corte Superior de Lima Sur y Este (999-270438)

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