jueves, 22 de diciembre de 2016

APRUEBAN VALOR DE LA UIT PARA 2017 - D.S.N° 353-2016-EF

Publicado en el Diario Oficial "El Peruano" hoy 22 de Diciembre 2016
 
DECRETO SUPREMO N° 353-2016-EF
 
APRUEBAN EL VALOR DE LA UIT PARA EL AÑO 2017

IMPLICANCIAS DE ESTE INCREMENTO:
- Los trabajadores independientes (rentas de 4ta categoría), tendrán una mayor deducción, este año, los trabajadores  que ganen hasta S/ 2,880 al mes no pagan el IR. Y para el próximo año este tope se ampliará a S/ 2,953.
- Los trabajadores en planilla (rentas de 5ta categoría) este año, la exoneración del pago del IR fue para quienes ganen hasta S/ 27,650 al año ( 7UIT), con el incremento de la UIT, la exoneración ahora será para quienes ganen durante el 2017 hasta S/ 28,350.
- Para este año ese sueldo de referencia es de hasta S/ 1,975 al mes (S/ 27,650/14). Para el próximo año no pagarían el IR quienes ganen hasta S/ 2,025 (S/28,350/14).
 
De conformidad con la Norma XV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N° 133-2013-EF y normas modificatorias, la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) es un valor de referencia que puede ser utilizado en las normas tributarias, entre otros;
 
Asimismo dispone que el valor de la UIT será determinado mediante Decreto Supremo considerando los supuestos macroeconómicos:
 
Al amparo de lo dispuesto en la Norma XV del Título Preliminar del TUO del Código tributario:
 
DECRETA:
 
Artículo 1°.- Aprobación de la UIT para el año 2017
Durante el año 2017, el valor de la unidad Impositiva Tributaria (UIT) como índice de referencia en normas tributarias será Cuatro Mil Cincuenta y 00/100 Soles (S/ 4 050,00).
 
 
 
 
 
Fuente: Diario Oficial El Peruano 22-12-2016
Blog de CPCC Pamela Cárdenas Torres - Perito Contable de la Corte Superior de Lima Sur y Este (999-270438) - Elaboración de Peritajes en el Ámbito Laboral, Civil, Penal y Militar. Asesoría Contable - Tributaria - Laboral - Pericial.

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