jueves, 22 de febrero de 2024

PRESENTACION DE INFORMES DE LA UIF

PRESENTACION DE INFORMES DE LA UIF 

El 15 de febrero vencerá el plazo para la presentación del Informe Anual del Oficial de Cumplimiento (IAOC) y el Informe Semestral del Oficial de Cumplimiento (ISOC) que deberán efectuar las organizaciones que están bajo supervisión de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF-Perú).

En el primer caso, los sujetos obligados supervisados por la UIF y listados en la Resolución SBS N° 789-2018, mediante sus respectivos oficiales de cumplimiento, informarán sobre el cumplimiento de las políticas y procedimientos que integran el Sistema de Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (SPLAFT), implementado en el 2021.

Aprobación

El directorio u órgano de máxima representación de la organización aprobará el IAOC hasta el 30 del presente mes y después el oficial de cumplimiento lo presentará mediante el portal PLAFT (plaft.sbs.gob.pe), explica el estudio Benites, Vargas, & Ugaz Abogados.

El bufete recuerda que están obligados a hacer el trámite los agentes inmobiliarios; y las firmas de comercialización de las maquinarias y equipos incluidos en las subpartidas nacionales N° 84.29, N° 85.02 y N° 87.01 de la Clasificación Arancelaria Nacional.

Se suman los comercios de joyas, metales preciosos y/o piedras preciosas; las compañías mineras; las casas de compraventa de divisas; así como las empresas de compraventa de vehículos, embarcaciones y aeronaves. Asimismo, los hipódromos y sus agencias; y los juegos de lotería y similares, detalla.

Figuran también las organizaciones sin fines de lucro que recauden, transfieran y desembolsen fondos, recursos u otros activos para fines o propósitos caritativos, religiosos, culturales, educativos, científicos, artísticos, sociales, recreativos o solidarios u otro tipo de acciones u obras altruistas o benéficas, y faciliten créditos, microcréditos o cualquier otro tipo de financiamiento económico; y las casas de préstamo y/o empeño.

Datos

El bufete detalla que el informe incluirá, como mínimo, la dirección y teléfono del sujeto obligado y el correo electrónico del oficial de cumplimiento, junto con la indicación de si este último ejerce la función como corporativo o no.

Se indicará también los nombres de los socios, accionistas o asociados y porcentaje de participación en la organización, así como los datos de los gerentes u otros trabajadores responsables de la gestión, anota.

La información se complementará con las estadísticas anuales del Registro de Operaciones (RO), de las operaciones inusuales detectadas y de las operaciones sospechosas reportadas a la UIF-Perú.

A la par, incluirá la descripción de nuevas señales de alerta de operaciones inusuales establecidas por el sujeto obligado y tipologías de operaciones sospechosas que hubieran sido detectadas y reportadas.

Se sumarán la descripción de las capacitaciones en temas relativos a la prevención del lavado de activos/financiamiento del terrorismo; última fecha de actualización del manual y código, así como el nivel de cumplimiento de estos por los directores y trabajadores del sujeto obligado, entre otros.

Listados

De acuerdo con la Resolución SBS N° 2794-2019, el ISOC es el documento que los sujetos obligados listados en el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 29038 deben presentar ante la UIF por el portal plaft.sbs.gob.pe u otro medio electrónico que se determine, a más tardar el 15 de agosto del año calendario y el 15 de febrero del año calendario siguiente, respectivamente, en el formato, estructura y conforme a las instrucciones establecidas.

El ISOC se deberá aprobar por el directorio u órgano de máxima representación de la organización también hasta el 30 de este mes y después se tramitará por el mencionado portal.

Deberán cumplir la gestión las organizaciones que se dedican a la explotación de juegos a distancia utilizando el internet o cualquier otro medio de comunicación, de acuerdo con la normativa sobre la materia; así como las que se dedican a la explotación de apuestas deportivas a distancia.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario