miércoles, 14 de septiembre de 2016

SE DEBE MOTIVAR O NO UN LAUDO ARBITRAL?

HILOS ARGUMENTATIVOS

¿Motivar o no un laudo?


La motivación de las decisiones jurídicas es un “principio y derecho”.
Es un principio porque, de acuerdo al estado de la doctrina constitucional actual, orienta la actuación no solo de jueces comunes, sino también de fiscales, jueces administrativos y árbitros, e integra la colección de reglas que conforman el debido proceso legal.
Es un derecho porque, las partes deben acceder al razonamiento del tomador de decisión, para evaluarlo y eventualmente apelarlo.
Las apelaciones en el Perú se pueden plantear frente a decisiones de la justicia común y la justicia administrativa, mas no sobre laudos arbitrales. Sobre estos últimos solo puede plantearse recurso de anulación por aspectos formales, sin que los jueces puedan calificar los criterios o interpretaciones del tribunal arbitral, de acuerdo con la Ley de Arbitraje vigente. Aquí radica un asunto espinoso, pues a criterio de algunos juristas (1), los jueces en el marco de recursos de anulación de laudo vienen calificando los criterios e interpretaciones arbitral.
 
(1) Ver Ricardo GALDOLFO CORTÉS “La falta de motivación no debe provocar la impugnación del laudo” En: PROPUESTA, Año 11, Número 442, Lima, 23 de noviembre de 2015. www.edicionespropuesta.blogspot.com.
 
 
Fuente: Diario El Peruano 


CPCC Pamela Cárdenas Torres - Perito Contable de la Corte Superior de Lima Sur y Este
 

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