jueves, 2 de abril de 2020

CIRCULAR AFP 172-2020 - CONOCE MEDIANTE WEB SI PUEDES RETIRAR HASTA S/ 2000 DE TU AFP

Publicado en el Diario Oficial El Peruano el 02 de Abril 2020

#RETIROAFP

Conoce mediante web si puedes retirar hasta S/ 2,000 de tu AFP


Asociación de AFP habilitó portal www.consultaretiroafp.pe. Precisa que depósitos se harán mediante cuenta bancaria.

2/4/2020

La Asociación de AFP anunció hoy que a partir de mañana, 3 de abril, del mediodía, dará a conocer el procedimiento que seguirán los afiliados para retirar 2,000 soles de sus fondos, de acuerdo con lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 034-2020.

Para ello, habilitó el portal web www.consultaretiroafp.pe, por el cual el afiliado podrá conocer si cumple los requisitos para acceder al retiro de hasta 2,000 soles de su fondo previsional.

La Asociación de AFP recordó a los beneficiarios con esta medida que no es imprescindible acercarse a las oficinas de las AFP, pues toda la información necesaria será publicada con antelación y oportunamente.

Mencionó que el depósito de los 2,000 soles o monto que corresponda se hará mediante una cuenta bancaria. “Estamos trabajando para que recibas tu dinero en tu cuenta bancaria y cuides tu salud, no es necesario que te acerques a las agencias”, dijo. 

La SBS
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicó hoy la Circular Nº AFP-172-2020, que establece el procedimiento operativo para el retiro extraordinario de los fondos de pensiones dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 034-2020.

De acuerdo con la circular, este procedimiento entra en vigencia a partir del viernes 3 de abril.

Los afiliados cuyo fondo al 31 de marzo del 2020 no registren aportes entre setiembre de l2019 y febrero del 2020 podrán disponer de hasta 2,000 soles.

Para ello, deberán ingresar su solicitud de retiro extraordinario en los canales y formatos que habiliten las AFP hasta el 27 de abril del 2020.

Una vez recibida la solicitud, la AFP evaluará el cumplimiento de los requisitos y, de resultar procedente, comunicará al afiliado el desembolso del monto solicitado en un plazo no mayor de tres días hábiles de recibida la solicitud.

Aqui CIRCULAR N° AFP-172-2020



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