miércoles, 1 de abril de 2020

LEY N° 30036 - EL TELETRABAJO EN EL PERÚ

LEY N° 30036

¿Qué es El Teletrabajo en Perú?


El teletrabajo es una modalidad especial de prestación de servicios caracterizada por la utilización de tecnologías de la información y las telecomunicaciones (TIC) y por el desempeño subordinado de labores sin la presencia física del teletrabajador, denominado “teletrabajador”, en la empresa con la que mantiene vínculo laboral, a través de medios informáticos, de telecomunicaciones y análogos, mediante los cuales se ejercen a su vez el control y la supervisión de las labores.


¿Cuál es la base legal del Teletrabajo en Perú?


  • Ley N° 30036, Ley que regula el Teletrabajo
  • Decreto Supremo Nº 017-2015-TR, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30036

  • ¿CUALES SON LOS PRINCIPIOS QUE RIGEN EL TELETRABAJO?
  • Voluntariedad.
  • Reversibilidad.
  • Igualdad de trato.
  • Conciliación entre vida personal, familiar y laboral.

  • ¿EN QUE AMBITOS SE APLICA EL TELETRABAJO?
Sector privado y público

¿QUÉ ES UN TELETRABAJADOR?

Es el trabajador o servidor civil que presta servicios bajo la modalidad de teletrabajo.

¿A QUIENES NO SE CONSIDERA TELETRABAJADOR?

Al trabajador o servidor civil que ocasionalmente presta servicios fuera del centro de trabajo o entidad pública.

¿CUALES SON LAS MODALIDADES DE TELETRABAJO?
Completa: El teletrabajador presta servicios fuera del centro de trabajo o del local de la entidad pública; pudiendo acudir ocasionalmente a estos para las coordinaciones que sean necesarias.

Mixta
: El teletrabajador presta servicios de forma alternada dentro y fuera del centro de trabajo o local de la entidad pública.

¿CUÁL ES LA JORNADA DE TRABAJO O SERVICIO DE UN TELETRABAJADOR?
Está sujeta a los límites previstos en las normas sobre la materia. De conformidad con el régimen que corresponda, los trabajadores y servidores civiles pueden prestar servicios bajo la modalidad de teletrabajo en jornadas a tiempo parcial o en sistemas de media jornada, respectivamente, de acuerdo con los límites y requisitos previstos en las normas correspondientes, solo si éstos se encuentran sujetos a fiscalización inmediata de la jornada.
Las exclusiones son las mismas a las contempladas en las normas que regulan la jornada de trabajo en los sectores público y privado.

¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS DEL TELETRABAJO?
  • Beneficios para trabajadores
    • Conciliación entre la vida laboral y familiar.
    • Reducción de estrés en tanto contribuye a la ahorro de tiempo en desplazamiento.
    • Inclusión al trabajo de las personas con discapacidad y otros grupos vulnerables.
  • Beneficios para empleadores
    • Incremento de la productividad de los trabajadores.
    • Reducción de accidentes de trabajo.
    • Reducción de costos en espacios físicos
  • Beneficios para la sociedad
    • Reducción del tráfico por menor transporte utilizado para el traslado al centro de trabajo.
    • Mejora en la preservación del medio ambiente.

    • ¿QUE DERECHOS TIENE EL TELETRABAJADOR?
Tiene los mismos derechos que los trabajadores que prestan servicios bajo la modalidad convencional, de acuerdo al régimen al que pertenezca cada teletrabajador, salvo aquellos vinculados a la asistencia al centro de trabajo. Entre los derechos que serán garantizados se encuentran:
  1. Capacitación sobre los medios informáticos, de telecomunicaciones y análogos que emplearán para el desempeño de la ocupación específica, así como sobre las restricciones en el empleo de tales medios, la legislación vigente en materia de protección de datos personales, propiedad intelectual y seguridad de la información.
  2. Intimidad, privacidad e inviolabilidad de las comunicaciones y documentos privados del teletrabajador, considerando la naturaleza del teletrabajo.
  3. Protección de la maternidad y el periodo de lactancia de la teletrabajadora.
  4. Seguridad y salud en el trabajo, en lo que fuera pertinente y considerando las características especiales del teletrabajo.
  5. Libertad sindical, de acuerdo al régimen que resulte aplicable.

  6. ¿A QUIENES SE DARÁ PREFERENCIA EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO BAJO LA MODALIDAD DE TELETRABAJO?
A las poblaciones vulnerables: Personas con discapacidad, gestantes, lactantes, trabajadores y servidores civiles responsables del cuidado de niños, adultos mayores, personas con discapacidad, o familiares directos que se encuentren con enfermedad en estado grave o terminal o sufran accidente grave.

¿EN QUE CASOS PROCEDE LA VARIACIÓN DE MODALIDAD DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS?
  1. Es voluntaria y no significa la afectación de los derechos, beneficios, categoría y demás condiciones del trabajador o servidor civil.
  2. El acuerdo de variación de la modalidad convencional de prestación de servicios a la de teletrabajo y viceversa, puede ser permanente o sujeta a plazo determinado.
En caso que el trabajador o servidor civil inicie su vínculo en la modalidad de teletrabajo, la variación a la modalidad convencional de prestación de servicios sigue las mismas reglas previstas en los numerales anteriores.

¿EN QUE CASOS PROCEDE LA REVERSIÓN DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS?
  1. Por acuerdo escrito entre las partes: El empleador o entidad pública debe entregar al teletrabajador una copia del acuerdo de reversión.
  2. Por decisión unilateral del empleador o entidad pública: La que deber ser comunicada por escrito al teletrabajador en un plazo razonable no menor de quince (15) días naturales de anticipación, más el término de la distancia.
    Para que opere la reversión, el empleador o entidad pública debe sustentar en dicha comunicación que no se han alcanzado los objetivos de la actividad en la modalidad de teletrabajo.
  3. Cuando el teletrabajador solicita la reversión, el empleador o entidad pública puede denegar dicha solicitud en uso de su facultad directriz. La respuesta a la solicitud del teletrabajador debe sustentarse y comunicarse por escrito en un plazo no mayor a seis (06) días naturales. En caso la respuesta sea afirmativa, ésta debe indicar la fecha de retorno al centro de trabajo o local de la entidad pública.
  4. Cuando se cumple el plazo previsto en el acuerdo de variación.
En caso el trabajador o servidor civil inicie su vínculo en la modalidad de teletrabajo, la reversión sigue las mismas reglas previstas en los numerales anteriores.


Características del Teletrabajo en Perú

Entre las principales características podemos mencionar las siguientes:
  • Se trata de una prestación de servicios subordinada.
  • No se requiere la presencia física del teletrabajador en el centro de trabajo.
  • Se utilizan tecnologías de la información y telecomunicaciones, medios informáticos, y análogos.
  • A través de dichos medios y tecnologías el empleador deberá poder ejercer el control y supervisión de las labores.




El Teletrabajo en Perú [Actualizado 2020]

Miguel ¿Qué es El Teletrabajo en Perú?

El teletrabajo es una forma especial de contratar los servicios de un trabajador.
Adicionalmente,  se caracteriza por el desempeño subordinado de labores sin la presencia física del trabajador, a través de medios informáticos, mediante los cuales se ejercen a su vez el control y la supervisión de las labores.
Miguel ¿Cuál es la base legal del Teletrabajo en Perú?
Esta nueva modalidad de contratación está regulada por dos normas legales:

Características del Teletrabajo en Perú

Entre las principales características podemos mencionar las siguientes:
  • Se trata de una prestación de servicios subordinada.
  • No se requiere la presencia física del teletrabajador en el centro de trabajo.
  • Se utilizan tecnologías de la información y telecomunicaciones, medios informáticos, y análogos.
  • A través de dichos medios y tecnologías el empleador deberá poder ejercer el control y supervisión de las labores.

Tipos de Teletrabajo

El reglamento regula dos tipos de trabajadores:
  • El teletrabajo completo, donde el servicio se da fuera del centro de trabajo.
  • El teletrabajo mixto, donde el servicio se da alternadamente dentro y fuera del centro de trabajo.

Equipos para el trabajador

La ley menciona tres situaciones de cómo se debe proceder con respecto a los equipos informáticos que maneja el trabajador.
  • Cuando el trabajador aporta sus propios equipos o elementos de trabajo, el empleador debe compensar la totalidad de los gastos, incluidos los gastos de comunicación.
  • Cuando los equipos sean proporcionados por el empleador, el trabajador es responsable de su correcto uso y conservación.
  • Si el trabajador realiza sus labores en una cabina de internet o equipo proporcionado por terceras personas, el empleador asume los gastos que estos conllevan.

Beneficios Laborales del Teletrabajo en Perú

Los beneficios laborales son los mismos que un trabajador de la actividad privada que labore de manera presencial.
Por lo tanto, le corresponde los mismos derechos y obligaciones (licencias, subsidios, gratificación, etc).

Modelo de Contrato de Trabajo Teletrabajo

No existe un modelo de contrato especial para realizar la contratación de un trabajador bajo esta modalidad.
Puedes utilizar el modelo de tus contratos sujetos a modalidad, indeterminados o part time, solo modificaras dos cláusulas:
  • Modalidad del trabajador:  «teletrabajador», pudiendo ser de tipo completo o mixto.
  • Detallar los equipos informáticos que se le entrega, o los gastos que asumirá la empresa.
Por lo tanto, podrías darse los siguientes supuestos:
  • Un trabajador de confianza – Teletrabajo
  • Un trabajador de confianza – Presencial (lo común)
  • Una secretaría – Plazo Fijo – Presencial
  • Una secretaría – Plazo Fijo – Teletrabajo

Implementación para Empresas

En primer lugar, desde el punto de vista de costos laborales, no habría ventaja, debido a que tienen los mismos derechos laborales que un trabajador del sector privado.
Por otra parte, el ahorro vendría por remuneraciones complementarias, como por ejemplo movilidad, bono por puntualidad, no pago de horas extras (políticas de sobretiempo), etc.
También, podría valerse este tipo de contrato para cumplir con la cuota de trabajadores con discapacidad (3% del total de trabajadores para la actividad privada).
Adicionalmente, como medida frente al coronavirus, que en estos momentos es una pandemia a nivel mundial.

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