sábado, 22 de abril de 2023

MODIFICACION AL CÓDIGO PENAL - ARTÍCULO 381° - Nombramiento, designación, contratación, encargatura o aceptación ilegal de cargo

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MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO PENAL:

Modificación del artículo 381 del Código Penal en los siguientes términos:

Artículo 381. Nombramiento, designación, contratación, encargatura o aceptación ilegal de cargo
El funcionario público que nombra, designa, contrata o encarga a persona en quien no concurren los requisitos legales para un cargo público, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años y con sesenta a ciento veinte días-multa; y el que acepta el cargo sin contar con los requisitos legales será reprimido con las mismas penas.
Con esta modificación a la Ley se penaliza hasta con 4 años de cárcel a quien designe y acepte cargo público sin cumplir requisitos de ley.
En concreto, el tipo penal señala que aquel funcionario que designe e incluso quien acepte el cargo público sería investigado y eventualmente condenado por la comisión de este nuevo ilícito penal, un nuevo delito que regula nuestro Código Penal.
Atención señores funcionarios públicos.

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