lunes, 13 de enero de 2020

GASTOS DEDUCIBLES PARA EL AÑO 2020

GASTOS DEDUCIBLES PARA EL AÑO 2020


Si realizas tus actividades de manera particular (trabajador independiente) o laboras en una empresa o entidad y estás registrado en planilla (trabajadores dependientes), puedes descontar (deducir) de tus rentas de trabajo los gastos por tus consumos en restaurantes y alojamiento en hoteles; por servicios profesionales que generen rentas de cuarta categoría, alquiler de inmuebles a personas naturales y pagos de ESSALUD a favor de trabajadores del hogar.
Los gastos podrán deducirse en los siguientes porcentajes:
  • Hoteles y Restaurantes : 15% del gasto efectuado.
  • Servicios Profesionales : 30% del gasto efectuado.
  • Alquiler de Inmuebles : 30% del gasto efectuado.
  • ESSALUD a Trabajadores del Hogar : 100% del gasto efectuado.
También puedes obtener la disminución del impuesto a pagar o incluso un saldo a tu favor que será devuelto luego de presentar tu declaración jurada anual (si está obligado a ello) o en su defecto de oficio (directamente sin efectuar ningún trámite).
Fuente: SUNAT


Blog de CPCC Pamela rdenas Torres - Perito Contable de la Corte Superior de Lima Centro, Sur y Este (999-270438) - Asesoría Contable y Tributaria, Incremento Patrimonial No Justificado, Lavado de Activos


Elaboración de Peritajes en el Ámbito Laboral, Civil, Penal y Militar. Asesoría Contable - Tributaria - Laboral - Pericial. Elaboración de Pericias sustentadas técnica y científicamente en Lucro Cesante y Daño Emergente: Consulte al  WhatsApp 999-270438.


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