La SUNAT está detectando probables desbalances patrimoniales en las declaraciones presentadas, cualquier persona natural puede estar sujeta a este tipo de fiscalizaciones. La SUNAT presume que existe un IPNJ, cuando detecta y constata en la Persona Natural, un notorio aumento de su patrimonio o en su gasto no sustentado adecuadamente. El IPNJ, podría generar denuncias por delitos de defraudación tributaria, lo cual conlleva a una pena privativa de libertad no menor de 5 ni mayor de 8 años. Frente a lo expuesto ofrecemos las siguientes asesorías: - Asesoría antes de realizar una Inversión de Bienes Muebles e Inmuebles - Asesoría a fin de ordenar contablemente sus INGRESOS y EGRESOS como Persona Natural. - Asesoría en el aspecto económico-contable antes de recibir una HERENCIA, DONACIÓN, REMESAS DE DINERO. - Asesoría en el manejo de Cuentas Bancarias como Persona Natural con Negocio. CPCC Pamela Cárdenas Perito REPEJ-REPEF Consultas al Whatsapp 999-27038
Blog de CPCC Pamela Cárdenas Torres - Perito Contable de la Corte Superior de Lima Sur y Este (999-270438) - Asesoría Contable y Tributaria, Incremento Patrimonial No Justificado, Lavado de Activos
Elaboración de Peritajes en el Ámbito Laboral, Civil, Penal y Militar. Asesoría Contable - Tributaria - Laboral - Pericial. Elaboración de Pericias sustentadas técnica y científicamente en Lucro Cesante y Daño Emergente: Consulte al WhatsApp 999-270438
Los Whatsapps son una prueba cada vez más extendida en numerosos juicios ya que es un medio de comunicación que forma parte de nuestro día a día y que incluso se emplea como medio de comunicación en el ámbito laboral examinada por un perito whatsapp. Un estudio reciente revela que aproximadamente nueve de cada diez personas con teléfono móvil emplea Whatsapp a diario para relacionarse en su ámbito personal y laboral. Resultado de esto, los procedimientos judiciales han tenido que adaptarse y admitir como prueba en los juicios los mensajes, documentos e imágenes enviadas y recibidas.
ResponderBorrarEs muy importante presentar adecuadamente los Whatsapps para que sea una prueba válida y tal como se recoge en la sentencia 300/2015 del 19 de mayo de 2015 del Tribunal Supremo, siempre deben ir acompañados de un informe pericial de un perito informático que certifique la veracidad e integridad del contenido. Por tanto, un mensaje de Whatsapp siempre se puede presentar como prueba pero es necesario demostrar que es auténtico puesto que es muy fácil de manipular y en ningún caso debe presentarse únicamente una captura de pantalla.